domingo, 30 de diciembre de 2018

Vacaciones - Cómo se calculan - Formalidades y Práctica


En éste artículo no nos vamos a centrar solamente en lo general de las vacaciones que siempre repasamos como liquidadores de sueldo, sino que nos vamos a adentrar un poco en temas formales y ejemplos prácticos. 

Todos relacionados con empleados del sector privado Ley 20.744, es decir, no abarca ni empleados domésticos, agrarios ni estatales.


Época de otorgamiento:

Art.154: "El empleador deberá conceder el goce de vacaciones de cada año dentro del período comprendido entre el 1. de octubre y el 30 de abril del año siguiente".

Por ejemplo, para las vacaciones 2018, las mismas deben ser asignadas por la empresa desde el 01/10/2018 al 30/04/2019.

Formalidad: 

Las vacaciones, deben ser asignadas con una anticipación de como mínimo 45 días al inicio de las mismas y por ESCRITO.

Modelo de notificación:

miércoles, 26 de diciembre de 2018

Cosas a tener en cuenta para la liquidación de las Cs. Sociales de 12/2018 - F.931


INTRODUCCIÓN

En primer lugar, debemos destacar que actualmente, para determinar las Cargas Sociales (F.931 AFIP) las empresas o empleadores pueden estar sujetos a:

a) La aplicación de la LEY 26.940: Seguir utilizando los beneficios de la Ley de "PROMOCIÓN DEL TRABAJO REGISTRADO", ya sea como Microempleador (Capitulo I) o bien bajo el sistema general Régimen de Promoción de la Contratación de Trabajo Registrado (Capitulo II), por los trabajadores en nómina y hasta los plazos que correspondan. RECORDAR QUE YA NO SE PUEDEN DAR MÁS ALTAS BAJO ÉSTE SISTEMA.

b) o bien ya empleando individual o conjuntamente la LEY 27.430: Utilizando el nuevo sistema de detracción de la base imponible para la determinación de contribuciones de seguridad social (que al 31/12/2018, es de un valor de 2.400 por empleado, en general para jornadas completas).

EL TEMA

Éste artículo está dirigido a quienes ya se encuentran utilizando el nuevo sistema de detracción de la base imponible.

Entonces, ¿qué cosas debemos tener en cuenta los profesionales al momento de realizar la liquidación de 12/2018?

lunes, 24 de diciembre de 2018

Sector Textil, Calzado y Marroquinería - Beneficio Adelanto del Mínimo no Imponible sobre Contribuciones Patronales - Decreto 1067/18


Sectores Textiles, de Confección, de Calzado y de Marroquinería podrán aplicar la detracción de 12.000.

NORMA DE ORIGEN Y OBJETIVOS: A través del Decreto 1067/18 y su resolución reglamentaria 127/2018 del Ministerio de Producción, se estableció que los empleadores de los por empleado, en vez de la vigente de 2.400, es decir, que podrán utilizar el 100% del mínimo previsto en el artículo 4° del Decreto N° 814/01, para el cálculo de las contribuciones patronales.

Actualización del aplicativo de Seguridad Social 04/01/2019
TIPS:
  1. Si o si para hacer uso del beneficio, deberás gestionar el trámite.

domingo, 23 de diciembre de 2018

Monotributo - Cosas a tener en cuenta para la Recategorizacón de Enero 2019


Como sabemos, próximamente vence la primer recategorización para los monotributistas del año 2019.

¿Qué cosas debemos tener en cuenta para realizar la encuadrar correctamente al contribuyente?