¿Qué cosas debemos tener en cuenta los profesionales al momento de realizar la liquidación de 02/2019?
1) VALORES VIGENTES:
Recordemos que ya se encuentran vigentes desde el 01/01/2019, los nuevos porcentajes de contribuciones de la Seguridad Social que pasaron del 17,5% al 18%; y que al mismo tiempo, se actualizó el valor de la detracción a jornada completa, que paso de $2.400,00 a $7.003,68.
2) BASE MÍNIMA:
Desde el 01/12/2018, la ANSES oficializó los nuevos valores de las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley Nº 24.241.
BASE IMPONIBLE MÍNIMA: $ 3.237,98.-
BASE IMPONIBLE MÁXIMA: $ 105.233,32.-
Ésto quiere decir que:
La REMUNERACIÓN DEL TRABAJADOR menos la DETRACCIÓN VIGENTE debe ser mayor a la BASE IMPONIBLE MÍNIMA
3) VACACIONES ANTICIPADAS Y DETRACCIÓN:
Muchos empleados se fueron de vacaciones durante enero y febrero, la nueva versión del aplicativo SICOSS o Declaración en Línea permite detraer hasta 3 veces el Mínimo No Imponible en el caso de ingresar algún valor en el casillero Vacaciones ($ 21.011,04 para jornada completa).
Ejemplo práctico:
Un Trabajador gozó de su licencia anual por vacaciones de 14 días, 11 días cayeron en 01/2019 y los 3 días restantes durante 02/2019.
📌F. 931 01/2019:
El valor de detracción para 01/2019 sería de = $7003,68/ 30 días x 41 días = $9.571,70
(41 días = 30 días de 01/2019 + 11 días anticipados de 02/2019)
📌F. 931 02/2019:
El valor de detracción para 02/2019 sería de = $7003,68/ 30 días x 19 días = $4.435,66
(19 días = 30 días de 02/2019 - 11 días anticipados en 01/2019)
Si sumamos la detracción de enero 2019 y febrero 2019, el resultado es de $14.007,36, es decir, $7.003,68 x 2 meses.
No hay comentarios:
Publicar un comentario