¡Hola liquidadores de sueldos y personal del sector de RRHH!, en esta nota vamos a repasar un punto importante que a veces se nos pasa por la masiva cantidad de trabajo en relación al poco tiempo que tenemos, eso son los DATOS COMPLEMENTARIOS declarados en la AFIP de los trabajadores.
![]() |
Info del Post del 19/01/2019 |
✔¿Qué son los datos complementarios?
Es información que el empleador debe ingresar a la base de datos de la AFIP, cuya norma es la Resolución General 2988 "Mi Simplificación II"
✔¿Cuáles son?
Son datos que se ingresan después del proceso del registro de alta del trabajador, como por ejemplo, nivel de formación, si es discapacitado el empleado o no, etc.
Pasos:
Antes que nada, al momento de realizar el alta de cualquier trabajador en AFIP, debemos informar:
✅ PRIMERO DATOS INICIALES DEL ALTA: En primera instancia, realizaremos el alta informando obligatoriamente en el momento del registro:
1. Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o, en el caso de no poseerlo y de tener asignada la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), esta última.
2. Apellido y nombres.
3. Domicilio real o actualizado, de corresponder.
4. Código y denominación de la Obra Social correspondiente a la actividad a la que se encuentra afectado, cuando el trabajador no haya elegido un determinado agente de salud.
5. Monto de la remuneración mensual —sujeto a aportes según el Artículo 9º de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones— pactada entre el empleador y el trabajador.
6. Código y denominación que indica la modalidad de liquidación de la remuneración.
7. Interrelación "Domicilio de explotación-Actividad económica", correspondiente al lugar de desempeño del trabajador.
8. Código y denominación del puesto a desempeñar por el trabajador, mediante el que se identificará la tarea específica que realizará.
9. Código y denominación de la modalidad de contratación.
10. Si se trata de un trabajador agropecuario.
11. La fecha de inicio de la relación laboral, en el caso de una comunicación de alta.
12. La fecha de finalización de la relación laboral, cuando se trate de la modalidad de contratación a plazo fijo.
13. Identificación del Convenio Colectivo de Trabajo y Categoría Profesional que le corresponda.
14. Identificación del tipo de servicio del trabajador
✅ Y EN SEGUNDO LUGAR DATOS COMPLEMENTARIOS: los cuales deben ingresarse dentro de los CINCO (5) días hábiles administrativos posteriores a la comunicación del alta en el "Registro":
1. Fecha de nacimiento.
2. Denominación del nivel de formación: se informará el nivel de estudios del trabajador.
3. Marca de incapacidad/discapacidad.
✅ TERCERO, OTROS DATOS COMPLEMENTARIOS: los cuales deberán ser informadas dentro del mes calendario en el que empleador tenga en su poder la documentación respaldatoria:
1. Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de la cuenta sueldo, para el depósito de las asignaciones familiares y el pago de la cobertura de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), en caso de prestación dineraria por siniestro.
2. Identificación de la boca de pago disponible, para los casos en que no se haya informado Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.).
3. Vínculos Familiares. Los datos ingresados deberán surgir de la documentación respaldatoria que se encuentre en poder del empleador.
✅ Por último, los datos del empleador y del trabajador que no se actualicen
automáticamente en el sistema mediante la información suministrada por
otras bases de datos, deberán ser modificados por el primero de dichos
sujetos dentro del plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, de
haber ocurrido el evento que origina el cambio.
No hay comentarios:
Publicar un comentario